“Decretazo” de Turismo en Asturias

¡Habrá que pararlo!

Un poco más abajo detallo los lugares que disponen de áreas de autocaravanas en el Principado. Son cincuenta y ocho áreas de autocaravanas en toda Asturias, algunos lugares como Gijón o Santo Adriano tienen tres áreas de autocaravanas en su termino municipal, otras como Teverga, dos. Por tanto las poblaciones asturianas con lugares destinados a dar servicio a las autocaravanas y con aparcamiento se queda en cincuenta. ¡Vamos! que no se cubren ni los Concejos del Principado que son 78, y esa cifra es así desde el año 1930.

Por cierto, el concejo más pequeño de Asturias en extensión es Noreña, que según el Decreto que pretende aprobar la Consejería de Turismo asturiana no podremos visitar. Cuando aparquemos en su termino municipal, y si finalmente se aprueba el “decretazo”, se considerara que estamos acampados. ¡Que manda narices!.

Así lo dice el TÍTULO CUARTO, en su artículo 63 cuando define la acampada libre. Se entiende por acampada libre toda actividad que suponga permanecer o pernoctar al aire libre, fuera de los campamentos de turismo autorizados y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito, mediante la utilización de tiendas de campaña, caravanas, autocaravanas u otros medios para guarecerse, sin estar asistido por ninguna facultad, autorización o derecho de uso sobre los terrenos en los que se realiza.

Por otro lado, el concejo más grande es, Cangas de Narcea. En esta ocasión alguien dirá que estamos de enhorabuena porque allí se dispone de área de autocaravanas pero, ¡ojo! El aparcamiento es mixto y solo tiene reservadas dos plazas para autocaravanas. Osea dos autocaravanas en transito podrán aparcar en ese municipio, el resto con el motor encendido para decirle a la autoridad que estamos esperando para aparcar o, directamente pasamos de largo. VERGÜENZA.

Alguien de la administración que esté elaborando el decretado asturiano se ha parado a pensar que en Asturias existen 303 entidades singulares , entiéndase por villa, aldea, caserío donde solo vive un habitante.

Tres mil, doscientos diecinueve (3.219) entidades singulares, con 10 o menos empadronados. En total Asturias tiene 6.947 entidades singulares.

El Principado cuenta con un total de 857 parroquias, lugares que no llegan a ser municipios. De estas parroquias, una cuarta parte no llega a los 100 habitantes.

Y son a esos lugares, sin infraestructura hotelera de ningún tipo, donde si viajan los viajeros itinerantes, aquellos que viajan en autocaravana o camper.

Y no, no quiero entrar en las justificaciones de que somos un turismo que gastamos dinero, que lo somos pero, ¿qué viajero o que turista se ve en la necesidad de demostrar si gasta más o menos dinero en sus desplazamientos? ¿Se lo preguntan a los ingleses que llegan a las islas afortunadas o al archipiélago balear con “pulseritas” de TODO INCLUIDO? ¿A los que alquilan viviendas sin declarar? ¿A los que visitan las casas de familiares o amigos?…

¿Con que derecho se pretende prohibir que estacionamos nuestros vehículos, debidamente matriculados, en el Principado de Asturias? En Asturias existen 54 camping, algunos de ellos con urbanizaciones de bungalows que, en algunos casos, rozarían o estarían en la ilegalidad. Muchos de ellos con plazas alquiladas por años sucesivos a los llamados “clientes fijos”. Parcelas que se convierten en auténticos chiringuitos. Otros establecimientos no reúnen condiciones para que nuestros vehículos puedan maniobrar con facilidad o no disponen de la infraestructura necesaria para dar servicio a autocaravanas y camper.

Suponiendo que se prohibiesen las instalaciones “fijas”, que se acondicionaran accesos y lugares de vaciado y llenado, y que se quitasen bungalows para que el aforo se pudiera mantener, los camping seguirían sin ser la opción, en su mayoría, abren solo tres meses de verano. Autocaravanas y camper somos un tipo de viajeros que no somos estacionales, viajamos en cualquier época del año y, muchas veces, por periodos de tiempo largo. Y, sobre todo, somos vehículos en transito, lo que significa que muchas veces nuestra hora de llegada a un destino es pasada la hora de recepción de los camping. Otras veces, solo paramos para hacer unas comprar o ver un determinado monumento, en esos casos, ¿van los camping a facturarnos por hora como se hace con cualquier vehículo en un estacionamiento? ¿O va el camping a pretender que le paguemos por todo un día por aparcar media hora?

¿La Consejera de Turismo del Principado sabrá lo que significa el verbo viajar y desplazarse? Y ¿la diferencia entre conductor y turista? Francamente, creo que no.

_Mi autocaravana es un vehículo en el cual me desplazo y viajo. Al igual que cualquier ciudadano, que conduce un vehículo a motor, circulo con mi vehículo y al llegar a destino necesito aparcar, bueno y hasta repostar combustible.

_Al igual que cualquier ciudadano, que conduce un vehículo a motor, tengo derecho a desplazarme con mi vehículo para poder darme un baño en la playa de Torimbia o cualquier otra de la costa asturiana.

_Al igual que cualquier ciudadano, que conduce un vehículo a motor, tengo derecho a llegar a Arenas de Cabrales para poder degustar su maravilloso queso o unos chorizos a la sidra.

_Al igual que cualquier ciudadano, que conduce un vehículo a motor, tengo derecho a visitar y admirar la maravillosa ermita de Santa Cristina de Lena.

_Al igual que cualquier ciudadano, que conduce un vehículo a motor, tengo derecho a visitar la Vestusta descrita por Leopoldo Alas Clarín o, lo que es lo mismo, Oviedo. Disfrutar con San Miguel de Lillo o la catedral de San Salvador o hacerme una foto junto a Mafalda.

_Al igual que cualquier ciudadano, que conduce un vehículo a motor, tengo derecho a ver la escultura Punto Aries, en el Cabo Peñas y disfrutar de las maravillosas vista.

Al igual que cualquier ciudadano, que conduce un vehículo a motor, tengo derecho a…

Deje el Principado de hacer experimentos al dictado de no se sabe muy bien qué. La Instrucción 08/V-74 D.G.T es clara al respecto.

Trátennos a las autocaravanas como turistas tan solo cuando lo seamos. Cuando estemos de visita en un museo, cuando estemos bañándonos en una playa o disfrutando de una paseo por algunas de sus ciudades. El resto del tiempo somos ciudadanos que circulamos con nuestros vehículos, aparcamos como cualquier conductor y solo nos tenemos que atener a las directrices de la Dirección General de Tráfico.

Deje el Principado de hostigar a unos visitantes que recorremos el patrimonio natural de Asturias y lo hacemos como conductores.

Y sobre todo, necesitamos representantes que nos defiendan como conductores, que defiendan nuestro derecho a circular y estacionar.

Estos son los municipios que cuentan con área de autocaravanas.

Avilés, Bañugues, Bárzan de Quirós, Boal, Campo de Caso, Candás. Cangas de Onis, Cangas de Narcea, Colombres, Colunga, Corvera, Cudillero (Avia) Cudillero (Casa Fernando II), Cudillero (Más y Más), el Angliru, Gedrez, Gijón (avd. Portugal), Gijón (Poniente), Gijón (El Rinconiín), Grado, Grandas de Salime, Illano, Infiesto, Jarrio-Coaña, Langreo, Llanes, Lugones, Mieres, Morcín-Santa Eulalia, Morcín-la Foz, Nava, Navelgas, Navia,Oviedo, Ortiguera-Coaña, Pajares, Panes, Pesoz, Pola de Laviana, Puerto de Vega, Quintueles, Ribadesella, Salinas, San Antolin de Ibias, San Martin del Rey Aurelio, San Martin de Oscos, Santa Eulalia de Oscos, Santo Adriano (Buyera), Santo Adriano (las Xanas), Sabti Adriano (Tuñón), Tapia de Casariego, Taramundi, Teverga (la Plaza), Teverga (Entrago), Tineo, Vegadeo, Villanueva de Oscos.

Aquí tenéis un video denunciado este Proyecto de Decreto.

Pinchando en este enlace podéis llegar al Proyecto de Decreto.

Los compañeros de Asturias nómadas facilitan la posibilidad de presentar alegaciones. Pincha aquí

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